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RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA (RSC)

  1. Introducción
  2. Este código reúne las directrices que deben ser observadas en las actividades diarias de nuestra empresa Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., orienta nuestras  acciones y fundamenta nuestra imagen como una empresa sólida y confiable. El fin es crear y mantener un buen prestigio así como el de generar la confianza necesaria para establecer relaciones de negocios y trabajo duraderas. Reconocemos la importancia de la responsabilidad social y empresarial de los dueños y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., quienes deberán asumir el compromiso de guardar los valores y la imagen de la empresa.

  3. Valores
  4.  El desarrollo diario de nuestras actividades deberá estar siempre, y en todo momento,  fundado en la integridad, honestidad, confianza, lealtad, respeto y reconocimiento del valor del ser humano. Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., está comprometida a llevar prácticas de empleo justas, incluyendo prohibir toda forma de discriminación (de raza, religión, origen, clase social, nacionalidad, edad, sexo ó incapacidad física.). Así mismo es nuestra intención proporcionar un trato justo a todos los empleados basados en los meritos de cada uno y con esto crear un mayor éxito de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., al tiempo que mejoramos el progreso de los individuos y comunidades en las que se localizan nuestras empresas.

  5. Objetivo
  6.  El objetivo principal de este código es el de proporcionar en forma clara y detallada las normas, principios y valores éticos con los cuales todos los que forman parte de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., deberán de conducirse.

  7. Alcance

 Este código es de observancia obligatoria para Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes que prestan sus servicios directa ó indirectamente en Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

Principios de ética

De los recursos:

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados deberán utilizar los recursos económicos y materiales de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. de manera responsable y no obtener beneficios personales con su uso.

Instalaciones y servicios

Las instalaciones, equipo, servicios y recursos económicos están dispuestos para el desarrollo y ejecución de los negocios de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. El uso de los recursos, propiedad intelectual, tiempo ó instalaciones de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., incluyendo el equipo de oficina, así como correo electrónico de la empresa deberán utilizarse en forma eficiente y adecuada, los Directores, funcionarios, accionistas y empleados cuidaran que el uso de los recursos, productos y servicios se realice con moderación y atendiendo a las funciones que desempeñan.

Registros

Los recursos económicos ó materiales que se utilicen ó se adquieran deberán de ser registrados en la contabilidad de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes están obligados a verificar que todas las operaciones que se generen se registren de acuerdo a las normas ó políticas contables establecidas y por ningún motivo deberán realizar ó autorizar registros de entradas falsas ó engañosas.

Egresos

Los egresos que se realicen deberán estar bien soportados en cuanto a la necesidad de hacer el gasto, con la documentación y con la firma de autorización del personal facultado para esto. En Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. todos los Directores, funcionarios, accionistas y empleados facultados para autorizar operaciones tales como compras, pago a proveedores, entrega y comprobación de gastos de viajes, deberán revisar lo que autorizan, es su responsabilidad y compromiso de que todos los movimientos estén correctos y de acuerdo a las políticas establecidas. Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados que estén involucrados en actividades relacionadas con el manejo directo de efectivo, cheques, deberán de extremar en el cuidado y manejo de estos recursos estableciendo los controles internos necesarios y supervisando en forma permanente el manejo ético de las operaciones realizadas. En lo referente a la nomina de los trabajadores, las aplicaciones tales como tiempo extra, bonificaciones, percepciones, altas, bajas, etc. los funcionarios ó trabajadores involucrados en su elaboración y autorización deberán ser muy cuidadosos y manejar todos estos conceptos en forma clara y transparente.

Conflicto de intereses:

Los Directores, funcionarios y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. deberán conducirse de manera honesta y responsable en la realización de sus actividades diarias encomendadas y por ningún motivo deberán de anteponer su interés personal, profesional ó financiero en perjuicio del interés legítimo de la empresa.

Relaciones de Negocios con Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes no deberán tomar ventaja de una oportunidad de negocio que realice a través de  Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. ni obtener ingresos de terceros derivados de su servicio prestado en Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. Los funcionarios y empleados no deberán aceptar de los clientes, proveedores ó competidores regalos, atenciones ó invitaciones mientras estén en un puesto en el que pueda influir en las decisiones de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

De los proveedores:

Para la selección de proveedores se harán las investigaciones correspondientes para asegurarnos que estos se encuentren legalmente constituidos y con la capacidad instalada requerida para el abastecimiento de productos de calidad para la empresa así como que estén cumpliendo con los reglamentos que establece la ley federal del trabajo.

Selección de proveedores

Los funcionarios ó empleados que participen en la selección de proveedores deberán ser imparciales y evaluar parámetros de precio, calidad y confiabilidad de productos y servicios, así como, la capacidad instalada para cumplir con lo requerido, también deberán solicitar información por escrito referente al cumplimiento con el reglamento que establece la ley federal del trabajo, actuando con integridad en todas y en cada una de las operaciones que se realicen.

Cotización de precios y decisiones de compra

Los funcionarios y empleados solicitaran a los proveedores la cotización en forma directa ó por invitación, proporcionando en forma completa los requerimientos técnicos del material ó del bien a adquirir.  Los funcionarios y empleados involucrados en este proceso no aceptaran ningún descuento ó precio que tenga como objeto el influir en otras operaciones de la empresa.  Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. requiere personas comprometidas con el manejo limpio y transparente de todas las operaciones de compra que se realicen.
En este proceso de selección se abstendrán de realizar operaciones comerciales con proveedores que tengan un mal historial de negocios, conformado por capital producto de actividades ilícitas ó bien de dudoso giro de negocio.

Comentario sobre Proveedores

Los Funcionarios y empleados no podrán divulgar información sobre, precios, condiciones y otro tipo de datos recibidos de proveedores actuales ó potenciales, ni comentarán los problemas ó debilidades que pueda tener un proveedor ya que se considera información confidencial.

De los clientes:

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados solo realizaran negocios en forma ética y en cumplimiento con las leyes aplicables al trabajar con clientes en cualquier aspecto de nuestra empresa, no debemos poner en riesgo nuestro compromiso de integridad, actuando de acuerdo a los objetivos de crecimiento y rentabilidad de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A..

Actitudes y comportamiento

En Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. se tiene el compromiso de proporcionar productos de calidad a precios competitivos que cumplan con las necesidades y expectativas requeridas por nuestros clientes.
En la comercialización y venta de nuestros productos y servicios debemos apegarnos a las condiciones de venta establecidas por la empresa y nuestros clientes; no tratar de hacer cambios en cantidad, precio ó descuentos por obtener algún beneficio propio ó para terceras personas. Los funcionarios y empleados que participen en esta operación deberán ser imparciales, objetivos y equitativos en su relación con nuestros clientes.
Los funcionarios y empleados que lleven relación con los clientes deberán de mantener una conducta de respeto, calidad, eficiencia y cortesía siempre en el desarrollo de esta función.

Información sobre clientes

Los funcionarios y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., deberán identificar a través de las investigaciones correspondientes, a las personas físicas y morales que van a ser sus clientes, comprobando la veracidad de la información que presenten antes de realizar cualquier negociación con ellos, estos en apego a las políticas y procedimientos establecidos.

Decisión de no tratar con un cliente

Los funcionarios y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. no están obligados a aceptar clientes que a pesar de cumplir con los requisitos establecidos para tal efecto se encuentren en situaciones de incumplimiento con bancos, proveedores y otros acreedores ó que las actividades que realicen sean ilícitas.

De los competidores:

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados, mantendrán con sus competidores una relación de lealtad y confianza, a fin de favorecer un ambiente de sana competencia en cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

Convenios sobre precios y mercados

Los Directores, funcionarios y empleados no propondrán, ni celebraran, contratos ó acuerdos (formales ó informales, escritos u orales), con ningún competidor para manipular y establecer los precios de los productos y servicios que se ofrecen en el mercado en beneficio de la empresa. No propondrán ni celebraran acuerdos con los competidores en donde se establezcan el reparto ó distribución de clientes, territorios de operación ó mercados en perjuicio de la clientela.

Convenios sobre proveedores

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados no podrán realizar trato alguno con los competidores que pretendan limitar ó impedir que se realicen operaciones con algún cliente ó proveedor dañando el proceso de libre concurrencia y competencia.

Comentarios sobre competidores

Los funcionarios y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., deberán conducirse sobre una línea de respeto y confianza ante sus competidores, evitando divulgar información que no les corresponde.

Información sobre competidores

Los Funcionarios y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. no trataran de obtener secretos industriales ó cualquier otra información de los competidores a través del ofrecimiento de efectivo, servicios ó cualquier otro beneficio, por medio de empleados ó ex–empleados ó por la contratación de servicios para el mismo fin.

De la información:

Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes utilizaran de manera confidencial y reservada la información conferida únicamente para la realización de sus actividades, y se abstendrán en todo momento de solicitar ó recibir beneficios personales a cambio, en perjuicio de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A..

Tipos de información

La información que se maneja ó se utiliza y que pertenece a Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. se clasifica de la siguiente manera:

Confidencial

Los funcionarios y empleados que tengan acceso a este tipo de información deberán guardar completa discreción y cuidado en su manejo por lo que serán responsables de la misma y no podrán divulgarla a personal no autorizado dentro y fuera de la empresa. De ser conocida esta clase de información por terceros podría dar ventajas a los competidores ó ser perjudicial para

Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

Se considera como información confidencial:

a).- Datos financieros que todavía no se han publicado, proyecciones financieras ó presupuestos.

b).- Presupuestos, proyectos de construcción ó ampliación de plantas ó edificios corporativos, así como desarrollo inmobiliario y el monto a invertir, cuando no han sido públicamente anunciados.

c).- Costos de procesos de impresión ó comerciales, integración de precios de los productos y/o servicios que comercializa Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

d).- Cambios importantes en la administración y políticas básicas que se encuentren en evaluación ó pendientes de instrumentación.

e).- Practicas, métodos, procesos de impresión, formulas, sistemas, equipos de proceso y de seguridad, que no sean del dominio público.

f).- Políticas de compensación, valuación de puestos tabuladores de sueldos y prestaciones, nomina de funcionarios y empleados y sistemas de incentivos.

g).- Precios y acuerdos que existan con proveedores y clientes.

h).- Identidad de los clientes así como el tipo y magnitud de negocios con ellos.

i).- Estudios y proyecciones de mercado.

j).- Cualquier información contenida en documentos explícitamente marcados como confidencial, personal ó ambas.

k).- Cualquier documento que se refiera a planes ó estrategias, y que no hallan sido dadas a conocer públicamente ó de forma interna.

 

Interna

Esta información es la que se genera en función de las operaciones diarias que se realizan entre personas ó áreas de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. y aunque no esta restringida, no podrá ser divulgada en forma general.

Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes no deberán comentar información de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. con personas ó entidades ajenas.

Privilegiada

La ley del mercado de valores define esta como el conocimiento de actos, hechos ó acontecimientos capaces de influir en los precios de los valores materia de intermediación en el mercado de valores, mientras tal información no se haya hecho de conocimiento público.

Para los efectos de la mencionada ley, se presume que pueden tener acceso a información privilegiada los miembros del consejo de administración, directivos, gerentes y auditores.

El uso y divulgación de esta información privilegiada que Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes conozcan ó tengan acceso con motivo de su cargo ó funciones que desempeñan pudiere constituir un delito sancionado penalmente. “Invertir en la bolsa utilizando la información privilegiada y divulgar información privilegiada para la compraventa de acciones son delitos penales”.

 

Pública

Es información que se da a conocer a los medios masivos de información, ó a través de los canales establecidos por Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., y debido a que la información al público implica una gran responsabilidad para la empresa, todos los comunicados públicos, orales y escritos que se divulguen, deberán estar autorizados, además de que su contenido debe ser claro, verídico, exacto y dado a conocer a través del personal establecido para esto.

 

De las autoridades:

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados que representen a Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. ante las autoridades deben mostrar que las actividades que se realizan en nuestra empresa estén dentro de las normas jurídicas establecidas y con estricto apego a la ley y no caer en actos ilícitos ofreciendo beneficios a cambio de una ventaja indebida.

 

Actitudes e impacto

Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes que tengan relación con autoridades regulatorias ó gubernamentales deberán ofrecer en todo momento un trato cordial y de respeto reconociendo su calidad de autoridad, que facilite el trato de los asuntos y el establecimiento de acuerdos.

Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes deberán de abstenerse en todo momento de ofrecer a las autoridades beneficios de cualquier índole que pueda comprometer la honestidad y objetividad de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., está estrictamente prohibido el ofrecer directa ó indirectamente cualquier objeto de valor tal como dinero, bienes ó servicios y evitar siempre cualquier acto de corrupción.

Las empresas que conforman Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. deberán evitar hasta donde sea posible los daños al medio ambiente y comunidades en las que realizamos negocios, a través de la participación activa de nuestros empleados y una tecnología adecuada reduciendo el desperdicio, las emisiones y el uso de materiales tóxicos.

De las Relaciones Interpersonales:

Dentro de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., las relaciones entre los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes deberán de conducirse sobre un marco de amabilidad, del debido y mutuo respeto que propicie un ambiente agradable de trabajo que coadyuve al logro de los objetivos propuestos.

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados deberán mostrar lealtad institucional, respetando las pautas y directrices establecidas para la consecución de sus actividades diarias, siendo en todo momento equitativo en sus relaciones internas. El propósito medular de su participación es el logro de objetivos y metas establecidas absteniéndose de participar ó de crear situaciones de discriminación, hostigamiento, abusos de carácter psicológico, sexual y de tipo laboral en la relación de trabajo.

 

Integridad

Las obligaciones de nuestros líderes van mas allá de los requerimientos para todos los empleados, esperamos que nuestros líderes muestren su liderazgo cumpliendo exactamente y con rectitud los deberes de su cargo y función, además de ser congruentes y consistentes con las disposiciones establecidas en este código.

 

Relaciones con los superiores jerárquicos

Partiendo de las relaciones de mutuo respeto que deben existir entre todos los miembros de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., los funcionarios y empleados deberán de ejecutar de acuerdo a la función que desempeña, las instrucciones que de su jefe ó superior se les confiera, con una actitud positiva y de cooperación que complemente la labor de estos; de esta manera mostraran su sentido de responsabilidad y la ejecución de su trabajo será digna de confianza.

Relaciones con compañeros

Las relaciones entre funcionarios y empleados deben ser sobre la base misma de respeto y tolerancia en todos los aspectos, propiciando en la relación de trabajo, un ambiente de colaboración y apoyo mutuo.

 

Relaciones con Subordinados

Todo superior jerárquico dará un trato de respeto y confianza a sus subordinados en condiciones de igualdad y equitativas que permitan establecer un ambiente armonioso de trabajo para el logro de los objetivos.

Todo superior jerárquico no debe tomar ventaja de su posición ó facultades que Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. le ha conferido para otorgar ó autorizar a su personal promociones, aumentos injustificados de sueldo, horarios relajados y en general otorgar ventajas especiales a personas, equipos ó grupos, a cambio de beneficios personales ó que su posición la utilice para intimidar ó coaccionar a sus subordinados y tomar represalias cuando no lo logra.

Los Directores funcionarios y empleados que tengan personal a su cargo proporcionaran en la medida de lo posible el equipo y los elementos necesarios para el desempeño y desarrollo de sus actividades evaluando permanentemente su desempeño y otorgando a quien lo merezca cuando así proceda los beneficios y prestaciones a que tengan derecho, sin condicionamiento alguno.

 

Conductas de hostigamiento ó acoso sexual

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. deberán tratarse dentro un marco de respeto y dignidad evitando cualquier conducta que pueda ser interpretada como hostigamiento ó acoso sexual, puede incluir, y no esta limitado a lo siguiente: tratos preferenciales ó promesas de tratos especiales a cambio de favores, relaciones sexuales ó actividades de tipo sexual, mostrar, exhibir ó enviar señales, objetos, fotografías, revistas, cartas ó notas con mensajes pornográficos, obscenos ó denigrantes; bromas, comentarios sugestivos ó denigrantes; acercamientos corporales indeseados, mirar fijamente ó miradas intimidatorias.

 

De las actividades extra – laborales:

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. que participen en actividades extra-laborales deberán de conducirse de manera correcta y no vulnerar el prestigio e imagen de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

Actividades cívico- políticas

Los Directores, funcionarios, accionistas y empleados de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. pueden participar en actividades cívicas y políticas precisando de manera clara que actúan en forma independiente y no a nombre de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

Actividades académicas

Los funcionarios y empleados que desempeñen actividades académicas cuidaran que el tiempo y el esfuerzo dedicado a estas actividades no sea a expensas de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., excepto cuando se cuente con la autorización correspondiente y no podrá hacer referencia a experiencias ó asuntos en que intervino ó tuvo conocimiento en forma restringida, salvo que cuente con la autorización previa correspondiente de su Director General; la forma que se exponga la información por parte de funcionarios y empleados deberá contribuir a mejorar la imagen de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. y nunca dañarla.

 

Actividades religiosas

En Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. se respeta la religión ó creencia de su personal, pero no permite el desarrollo de influencia religiosa y de índole similar por parte de sus miembros ó grupos dentro de sus instalaciones y en horas de trabajo cuando se encuentre fuera de las oficinas; el realizar actos de difusión de religión ó creencia alguna, practicar sus servicios y ritos ó ceremonias no esta permitido dentro de la jornada laboral en Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

Actividades deportivas

En Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. se apoyan las actividades deportivas de sus funcionarios y empleados tanto en forma individual ó por equipo para que compitan contra
terceros ó en competencias internas, el participar en estas actividades deberá ser cuidando los principios, el prestigio y respeto de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.

 

Del debido cumplimiento:

Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. deberán de actuar con honestidad y con estricto apego a los principios y disposiciones establecidas y comprometidos con las salvaguarda del patrimonio de la empresa asumiendo en todo momento la responsabilidad de sus funciones.

Fraudes e ilícito

Cuando se tenga conocimiento ó presunción suficiente de que se esta realizando un fraude e ilícito en los cuales participen empleados de esta empresa deberá aplicarse el proceso legal correspondiente hasta sus ultimas consecuencias, salvo que la vicepresidencia corporativa acuerde ó determine algo distinto. Cabe mencionar que ningún Director, funcionario, accionista ó empleado esta autorizado para otorgar perdón sobre ningún fraude ó ilícito a cambio de la restitución por el presunto responsable.

Los Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes deberán expresar oportunamente cualquier inquietud que tengan acerca de posibles violaciones de una política ó sobre una acción que pueda constituir un daño perjuicio en Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., el guardar silencio podría implicar un acto de encubrimiento y por ende de complicidad.

 

Fallas administrativas

Todo Director, funcionario, accionista y empleado de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A. que tenga autoridad ó capacidad de decisión en un área de la organización debe asegurarse que exista ó debe establecer los controles internos para monitorear el manejo ético de los recursos. Su responsabilidad en este sentido es personal e intransferible.

Los funcionarios y empleados que por desconocimiento, distracción, negligencia ó mal desempeño de sus funciones, cometan irregularidades sin dolo ó mala fe pero que causen daño al patrimonio de Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A., se les aplicaran las sanciones administrativas ó penales correspondientes, ya que ninguna causa mencionada los libera de la responsabilidad del daño causado.

 

VI Procedimiento:

  1. Se tiene conocimiento de alguna desviación en la aplicación del Código de Ética por parte de: Directores, funcionarios, accionistas, empleados, proveedores y clientes de alguna de las empresas que conforman Creaciones Artisticas Publicitarias, S.A.
  2. La persona que tenga conocimiento ó sospecha de algún incumplimiento del Código de Ética lo notificara al Comité de Responsabilidad Social Empresarial. La notificación podrá ser vía telefónica ó a través de los diferentes buzónes habilitados para tal efecto.
  3. La notificación podrá ser anónima y deberá en lo posible contener: datos, hechos y personas involucradas.
  4. Todas las denuncias de incumplimiento ó sospecha de incumplimiento del Código de Ética se tratarán en forma confidencial y en caso necesario se solicitará información adicional al denunciante, salvo que se trate de denuncias anónimas.
  5. Todas las denuncias serán sometidas de inmediato al Comité de Responsabilidad Social Empresarial, quien llevará a cabo la investigación correspondiente con los responsables de las áreas involucradas.
  6. En todos los casos en que se considere procedente la denuncia se emitirá una resolución, la cual podrá ir desde una sanción administrativa ó despido hasta la consignación a las autoridades correspondientes dependiendo de la gravedad de la falta.
  7. En el caso de que no se trate de una denuncia anónima, se informará – conservando en todo momento un alto grado de confidencialidad – el resultado a la persona que notificó el hecho o situación.
  8. En los casos de incumplimiento y una vez establecida la sanción del nivel ó gravedad que fuere, la empresa mantendrá confidencial la información y nunca exhibirá a la persona involucrada.
  9. 8.1 En caso de que la sanción ameritara el fuero de tribunales, la persona será consignada a las autoridades correspondientes y la empresa procederá a la liquidación de la relación de trabajo basado en los lineamientos jurídicos que resultaran aplicables.

Reconocimientos

  1. En todo caso, la adopción y promoción del Código de Ética en formas de conducta apropiadas y respetuosas hacia todas y cada una de las áreas de valor de la empresa –Compañeros de trabajo, Clientes, Proveedores, Accionistas, Programas, Servicios, Productos e Instalaciones- será reconocida y exaltada.

1.1 El colaborador de la empresa que adopte el Código de Ética, se hará acreedor a un reconocimiento.

 

El tener conocimiento ó sospecha de alguna situación que constituya ó pueda constituir una violación al Código de Ética y no comunicarlo conforme el procedimiento anterior representa una violación al mismo.

Es también una violación al Código de Ética tomar represalias en contra de cualquier persona que efectúe una denuncia.

 

Paseo del Río No.1, Col. Copilco del Bajo, México D.F. CP 04340

Tel (52) (55) 5481-9910 con 60 líneas Fax (52) (55) 5616-1110 Lada sin costo 01800 CAPSA 00 (22772 00)

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